Información básica del Bucks County Correctional Facility para ayudarle a guiarle en lo que puede hacer por su preso mientras está encarcelado. Número de contacto directo del centro: 215-345-3700
El Centro Correccional del Condado de Bucks es un centro de detención de mediana seguridad ubicado en 1730 S Easton Rd Doylestown, PA que es operado localmente por la Oficina del Alguacil del Condado de Bucks y mantiene a los reclusos en espera de juicio o sentencia o ambos. La mayoría de los reclusos sentenciados están aquí por menos de dos años. El condado de Bucks acepta reclusos de los pueblos de los alrededores, de los municipios, del Servicio de Alguaciles de los Estados Unidos y del Departamento de Policía de Doylestown que no tienen su propio centro de reclusión de larga duración.
El Departamento Correccional del Condado de Bucks gestiona un Centro Correccional Comunitario para hombres y otro para mujeres. Estos dos centros están basados en la comunidad, son instalaciones de seguridad mínima y de liberación por trabajo. La filosofía de la custodia mínima y de la liberación por trabajo enfatiza la responsabilidad personal y el tratamiento, a la vez que ofrece a los residentes la oportunidad de ayudarse a sí mismos y a sus familias.
El Centro Correccional Comunitario para Hombres sustituyó al Centro de Rehabilitación original abierto en 1963. El edificio alberga a 270 residentes masculinos y ofrece un programa de tratamiento compartido para hombres y mujeres. Los servicios compartidos que se ofrecen a los residentes masculinos y femeninos incluyen; tratamiento intensivo contra las drogas y el alcohol, educación básica para adultos, gestión de casos, servicio comunitario y liberación laboral.
El Centro de Custodia Media para Hombres se construyó junto al Centro Correccional Comunitario para Hombres en 2018.
El Centro Correccional Comunitario para Mujeres ofrece 50 camas para residentes femeninas. La apertura del centro para mujeres ofreció los mismos niveles de servicios de custodia y oportunidades que la población masculina.
Libertad Laboral
El Programa de Libertad Laboral permite al delincuente pagar la restitución, los costos y las multas de los tribunales, los pagos de manutención de los hijos y otras deudas. Todos los delincuentes con trabajo deben pagar un porcentaje específico de cada paga para alojamiento y comida. Al delincuente también se le asignan fondos suficientes para los gastos de viaje durante la semana.
Los delincuentes a los que el Tribunal ha ordenado la liberación por motivos de trabajo se clasifican como custodia mínima. El programa de liberación por trabajo es un componente clave en la reintegración del delincuente a la comunidad.
Servicio comunitario
Los delincuentes de los Centros Correccionales Comunitarios realizan servicio comunitario para ayudar a las agencias del condado y a las organizaciones sin ánimo de lucro. Todos los infractores encarcelados en los Centros Correccionales Comunitarios son elegibles para el trabajo de servicio comunitario.
Durante 2013, hubo 191.520 horas de servicio comunitario en casa realizadas por los infractores masculinos y femeninos. Además, hubo 30.190 horas de servicio comunitario fuera del campus completadas en 30 sitios. Un promedio de 188 delincuentes realizaron servicio comunitario cada mes.
El Programa de Arresto Domiciliario está ubicado dentro del Centro Correccional Comunitario para Hombres, y opera las 24 horas del día. El arresto domiciliario implica una filosofía de limitar estrictamente los movimientos del delincuente dentro de la comunidad a través de la supervisión electrónica por GPS.
Las violaciones graves del arresto domiciliario darán lugar al traslado del delincuente a la custodia máxima en el Centro Correccional del Condado de Bucks.
Manual de arresto domiciliario
Correo de residentes – Correo entrante – Artículos permitidos
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Todo el correo entrante debe estar en un sobre blanco estándar de tamaño comercial (#10 – 4 «x 9 ½») o de tamaño legal.Toda la correspondencia general entrante (no legal) sólo se aceptará si está escrita en papel blanco de tamaño estándar de 8 ½ x 11″, rayado o sin rayar – sin bordes rugosos.
- Se aceptará la correspondencia legal o privilegiada.
- Las cartas deben estar escritas con tinta o lápiz de grafito.
- Copias digitales de fotografías impresas en papel blanco estándar de 8 ½ x 11″. Se considerarán una hoja de papel y no contarán como «fotografía».
- No hay límite en el número de foto-copias que un recluso puede recibir.
- Giros postales validados.
- El correo que contenga cualquier otro artículo, en cualquier otro tipo de papel, en cualquier otro tipo de sobre o escrito o marcado con cualquier otro medio será devuelto al remitente.
- Sobres de colores
- Tarjetas de felicitación
- Cartas o correspondencia escrita en papel de color
- Fotografías, incluidas las Polaroid y las instantáneas.
- Materiales obscenos, escritos o dibujados, fotos o fotocopias de desnudos y/o materiales pornográficos, incluida la pornografía infantil
- Fotos o fotocopias que contengan violencia o actividades relacionadas con las pandillas, incluidos los signos de las manos
- Correo escrito en código o en un idioma extranjero que no pueda ser interpretado en la medida necesaria para llevar a cabo una búsqueda efectiva
- Pegatinas, etiquetas o cualquier cosa con adhesivo, incluidas las etiquetas de dirección del remitente
- Paquetes de cuidado
- Correo que contenga una sustancia o mancha extraña o desconocida. Si se sospecha que la sustancia es una sustancia controlada, el correo se entregará a los agentes de la ley.
- Cualquier sobre o carta con una sustancia que cause olor, como perfume o colonia, que impregne el correo
- Cheques personales, dinero en efectivo o C.O.D. (Collect/Cash on Delivery)
- Tarjetas postales, folletos o tarjetas de visita
- Correo escrito con crayón, pintura, marcador, lápiz de color, tinta de gel, rotulador o resaltador
- Correo con lápiz de labios impreso
- Artículos que contengan pegamento o corrector
- Papel en blanco, sobres, notas Post-it, purpurina, cinta adhesiva, plástico o metal, materiales de artesanía, pergamino o papel vegetal, papel de color, grapas, clips o cinta
- Sellos de correos, sueltos o de libro
- Flores, caramelos o comida
- Recortes de libros, revistas o periódicos o páginas arrancadas
Correo entrante – Artículos NO permitidos
Los siguientes se consideran artículos no autorizados. Cualquier correo que contenga elementos no autorizados será sellado como «RECHAZADO» y la correspondencia será devuelta al remitente. La carta y los elementos no autorizados serán rechazados en su conjunto. Esto se documentará en el registro de correo del infractor.
Publicaciones y materiales de lectura
Los materiales de lectura se permitirán en las instalaciones sólo si proceden de una editorial o librería. Los familiares/amigos pueden pedir suscripciones a periódicos o revistas para que sean entregados en la instalación y pueden hacer que se envíen libros indirectamente desde una editorial o librería. No se permitirá la entrada de revistas, periódicos o libros enviados o entregados por particulares. Los paquetes recibidos o enviados directamente por particulares que contengan material de lectura se devolverán al remitente si es posible. Si un paquete no tiene una dirección de retorno, el infractor será notificado y tendrá dos semanas (14 días) para hacer arreglos para que la familia o amigos lo recojan en el vestíbulo durante las horas de la Oficina de Negocios o de otra manera retirarlo. Al final de este período, se desechará.
Las publicaciones que puedan suponer un riesgo para la seguridad del centro, incluidas las publicaciones consideradas ofensivas, obscenas o incitantes, están prohibidas. El Director, el Alcaide, el Superintendente o la persona que éste designe pueden declarar inaceptable una publicación a su discreción. Los infractores serán notificados si las publicaciones o paquetes entrantes son devueltos o retenidos.
No hay restricciones en cuanto al número de cartas que un residente puede enviar o recibir. Toda la correspondencia debe ir dirigida al residente y debe incluir su número de residente. Este número puede buscarse utilizando la herramienta de búsqueda de reclusos de Corrección. Descargo de responsabilidad para la herramienta de búsqueda de reclusos: La información de esta herramienta puede no reflejar con exactitud las liberaciones o asignaciones de vivienda y sólo debe utilizarse para verificar la información con el propósito indicado anteriormente o el registro en el Sistema Estatal Automatizado de Notificación a las Víctimas (SAVIN).
Utilizar el número de residente ayudará a agilizar el proceso de correo.
Dirección de correo:
Departamento de Correcciones del Condado de Bucks
1730 S. Easton Road
Doylestown, PA 18901
Servicio telefónico para residentes
El Departamento de Correcciones utiliza Inmate Telephone Inc, un proveedor de telefonía para residentes. Si necesita crear una cuenta, tiene una pregunta de facturación, está experimentando dificultades o necesita información sobre el Sistema Telefónico para Residentes debe llamar a Inmate Telephone Incorporated al 814.949.3303 o contactarlos a través de su sitio web en www.inmatetelephone.com. Para obtener las llamadas con un 50% de descuento – averigua cómo, aquí.