Un contratista principal significa (1) cualquier persona dedicada al negocio de la construcción, la reparación estructural, la alteración estructural, el desmantelamiento o la demolición de una estructura o adición que supera los límites de umbral previstos en la sección 29-276b de los Estatutos Generales de Connecticut, o (2) cualquier persona que, bajo la dirección de un contratista general, realice u ofrezca realizar cualquier trabajo que repercuta en la integridad estructural de una estructura o adición, incluyendo la reparación, alteración, desmantelamiento o demolición de una estructura o adición que supere los límites de umbral contenidos en la sección 29-276b de los Estatutos Generales de Connecticut.
Dichos trabajos incluirán, pero no se limitarán a, los trabajos de techado, mampostería y marco estructural. Por marco estructural se entienden los miembros de soporte esenciales para la integridad de una estructura, incluyendo pero sin limitarse a los cimientos, las vigas, las columnas, los forjados, las láminas, los apuntalamientos y los apuntalamientos.
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Ocupacional & División de Licencias Profesionales
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Más información: Información sobre licencias para grandes contratistas