Coverture

Retrato de un matrimonio inglés, hacia 1780.

El sistema de feme sole y feme covert se desarrolló en Inglaterra en la Alta y Baja Edad Media como parte del sistema de derecho común, que tuvo su origen en las reformas legales de Enrique II y otros reyes ingleses medievales. Los tratados jurídicos medievales, como el famoso Bracton, describen la naturaleza de la covertura y su impacto en las acciones legales de las mujeres casadas. Bracton afirma que marido y mujer eran una sola persona, siendo una sola carne y una sola sangre, un principio conocido como «unidad de persona». Los maridos también ejercían poder sobre sus esposas, siendo sus gobernantes y custodios de sus bienes.

Si bien antes se asumía que las mujeres casadas tenían poco o ningún acceso a recursos legales, como resultado de la cobertura, los historiadores han complicado más recientemente nuestro conocimiento de la cobertura en la Edad Media a través de varios estudios sobre el estatus legal de las mujeres casadas a través de diferentes tribunales y jurisdicciones. En conjunto, muchos de estos estudios han argumentado que «se ha tendido a exagerar el alcance de la cobertura», ya que los registros legales revelan que las mujeres casadas podían poseer derechos sobre la propiedad, podían participar en transacciones comerciales e interactuar con los tribunales. En la Gales medieval posterior a la conquista, se ha sugerido que la cobertura sólo se aplicaba en determinadas situaciones. Las mujeres casadas eran responsables de sus propias acciones en las presentaciones penales y en la difamación, pero sus maridos las representaban en los litigios por secuestro y en las súplicas interpersonales.

El alcance de la covertura en la Inglaterra medieval también ha sido matizado por la existencia de las costumbres femme sole que existían en algunas ciudades inglesas medievales. Esto les otorgaba derechos comerciales y legales independientes como si fueran solteras. Esta práctica se recoge en el custumal de Henry Darcy, Lord Mayor de Londres en la década de 1330, que permitía a las mujeres casadas que trabajaban independientemente de su marido actuar como solteras en todo lo relativo a su oficio, como alquilar una tienda y demandar y ser demandadas por deudas. Se sabe que la costumbre se adoptó en otras ciudades, como Bristol, Lincoln, York, Sandwich, Rye, Carlisle, Chester y Exeter. Algunas colonias británicas de Norteamérica también adoptaron esta costumbre en el siglo XVIII. Sin embargo, no está claro cuántas mujeres adoptaron este estatus, hasta qué punto se aplicó legalmente, o si la independencia legal y comercial que ofrecía era ventajosa.

Según Chernock, «la covertura, … autor … concluyó, fue el producto de la invasión extranjera normanda en el siglo XI-no, como Blackstone querría, una práctica legal ‘inglesa’ probada en el tiempo. Se trataba, pues, de una lectura de la historia británica que daba un giro decididamente feminista a la idea del ‘yugo normando'». También según Chernock, «los sajones, … se jactaban, habían animado a las mujeres a ‘conservar la propiedad separada’ – … un claro golpe a la cobertura». Chernock afirma que «tal y como indicaban los relatos históricos de las leyes relativas a las mujeres, la cobertura era una política no sólo ajena a sus orígenes, sino también adaptada a condiciones históricas particulares y ahora remotas.» La cobertura puede no haber existido en «la constitución anglosajona».

La cobertura también se mantuvo en las colonias de habla inglesa debido a la influencia del derecho común inglés en ellas. El modo en que la cobertura funcionaba en todo el mundo del derecho consuetudinario ha sido objeto de estudios recientes que examinan los efectos de subordinación del matrimonio para las mujeres en la Inglaterra medieval y moderna temprana y en Norteamérica, en una variedad de contextos legales. Se ha argumentado que, en la práctica, la mayoría de las normas de cobertura «no servían para guiar todas las transacciones, sino más bien para proporcionar claridad y dirección en tiempos de crisis o muerte». A pesar de esta flexibilidad, la cobertura siguió siendo una poderosa herramienta de desigualdad matrimonial durante muchos siglos.

CríticaEditar

Fotografía en blanco y negro del busto de una joven blanca ante un fondo blanco con el pelo oscuro con raya en medio y recogido en la espalda, un semblante serio con la mirada puesta en el espectador y una chaqueta oscura sobre una blusa blanca.
La primera historiadora feminista, Mary Ritter Beard

La primera historiadora feminista, Mary Ritter Beard, sostenía la opinión de que gran parte de la severidad de la doctrina del encubrimiento se debía en realidad a Blackstone y a otros sistematizadores tardíos, más que a una genuina tradición del antiguo derecho consuetudinario.

En marzo de 1776, Abigail Adams vio una oportunidad en el lenguaje de los derechos naturales, y escribió a su marido, John Adams:

En el nuevo Código de Leyes que supongo que será necesario que hagas, deseo que te acuerdes de las damas, y que seas más generoso y favorable a ellas que tus antepasados. No pongáis un poder tan ilimitado en manos de los maridos. Recordad que todos los hombres serían tiranos si pudieran.

No estaba escribiendo en general sobre los derechos de las mujeres, o específicamente sobre el derecho al voto. Ella estaba pidiendo un alivio de la cobertura. John respondió: «No puedo más que reírme».

Según Chernock, «los radicales de la Ilustración tardía …. argumentaban… que no reflejaban los ‘avances’ de una sociedad moderna y civilizada. Más bien, eran marcadores de los errores e inconsistencias humanas del pasado y, por tanto, necesitaban una mayor revisión». Chernock afirmó que «como editor de los Comentarios de Blackstone, Christian utilizó su popular decimotercera edición, publicada en 1800, para destacar las formas en que la práctica de la cobertura podría modificarse». Chernock escribió que «Christian …. procedió a recomendar que el marido dejara de ser ‘absolutamente dueño de las ganancias de las tierras de la esposa durante la covertura'». Chernock informó de que otros hombres buscaron que la cobertura fuera modificada o eliminada.

Pintura al óleo en color del busto de un joven blanco con pelo corto ondulado castaño claro y semblante sencillo, mirando al espectador. Bajo una chaqueta y un manto oscuros se ve el color elevado de una camisa blanca. Está de pie ante un fondo liso de color marrón verdoso.
Escritor, abogado, defensor de los derechos de la mujer y uno de los primeros opositores a la cobertura, John Neal

Según Ellen Carol DuBois, «el objetivo inicial de la protesta por los derechos de la mujer era la doctrina legal de la ‘cobertura’… ….» El primer conferenciante estadounidense sobre los derechos de la mujer, John Neal, atacó el coverture en discursos y debates públicos ya en 1823, pero de forma más destacada en la década de 1840, preguntando «¿hasta cuándo serán incapaces por ley de adquirir, poseer o transmitir propiedades, excepto bajo condiciones especiales, como el esclavo?» En la década de 1850, según DuBois, Lucy Stone criticó «el derecho consuetudinario del matrimonio porque ‘otorga la «custodia» de la persona de la esposa a su marido, de modo que éste tiene derecho a ella incluso contra sí mismo'». Stone mantuvo su apellido prematrimonial después del matrimonio como protesta «contra todas las manifestaciones de encubrimiento». DuBois continuó, «en la década de 1850, …. su principal objetivo legal era el establecimiento de derechos de propiedad básicos para las mujeres una vez casadas, lo que iba al centro de las privaciones de la cobertura». Chernock continuó, «para aquellos que determinaron que las reformas legales eran la clave para lograr una relación más ilustrada entre los sexos, la covertura era un objeto de atención primordial»

DuBois escribió que la covertura, debido a las restricciones a la propiedad con el voto, «jugó un papel importante en» influir en el esfuerzo para asegurar el derecho al voto de las mujeres en los EE.UU., porque una de las opiniones era que el derecho debía limitarse a las mujeres que poseían propiedades cuando la cobertura excluía a la mayoría de las mujeres (relativamente pocas eran solteras o viudas), mientras que otra opinión era que el derecho debía estar disponible para todas las mujeres.

A mediados del siglo XIX, según Melissa J. Homestead, se criticó la cobertura por privar a las autoras casadas de los beneficios económicos de sus derechos de autor, incluso por analogía con la esclavitud; una poetisa «analogó explícitamente su estatus legal como autora casada con el de una esclava americana». Según Homestead, las feministas también criticaron el efecto de la cobertura sobre los derechos de las patentes de las mujeres casadas.

Hendrik Hartog contraatacó diciendo que la cobertura era sólo una ficción legal y no descriptiva de la realidad social y que los tribunales que aplicaban la jurisdicción de equidad habían desarrollado muchas excepciones a la cobertura, pero, según Norma Basch, las propias excepciones seguían requiriendo que la mujer fuera dependiente de alguien y no todos los acuerdos entre cónyuges para dejar que las esposas controlaran sus bienes eran ejecutables en los tribunales.

Fotografía en blanco y negro de una mujer blanca de mediana edad sentada en una mesa con el brazo izquierdo sobre el regazo y el derecho sobre la mesa. Lleva un vestido oscuro y tiene el pelo largo y oscuro recogido en la parte superior de la cabeza. Tiene una mirada lejana.
Editorial y activista, Myra Bradwell

En 1869, la cobertura fue criticada cuando a Myra Bradwell se le negó el permiso para ejercer como abogada en Illinois específicamente por la cobertura. En 1871, Bradwell argumentó ante el Tribunal Supremo que la cobertura violaba la 14ª Enmienda de la Constitución. Según Margot Canaday, «el propósito principal de la covertura… era la subordinación legal de las mujeres». Canaday continuó, «la subordinación legal de la mujer a través del matrimonio … se mantuvo de hecho a lo largo de «.

Según Canaday, «la covertura fue disminuida … en la década de 1970, como parte de una revolución feminista más amplia en la ley que debilitó aún más el principio de que un marido era dueño del trabajo de una esposa (incluyendo su persona)…. El régimen de cobertura … se estaba deshaciendo». En 1966, el Tribunal Supremo de EE.UU. dijo que «la institución de la cobertura está… obsoleta», incluso reconociendo la existencia de la cobertura en 1-11 estados. En una opinión separada en el mismo caso, Hugo Black y otros dos de los nueve jueces dijeron que la «ficción de que el marido y la mujer son uno… en realidad… significa que aunque el marido y la mujer son uno, el uno es el marido…. descansaba en… una… noción de que una mujer casada, al ser una mujer, no tiene capacidad para hacer sus propios contratos y hacer sus propios negocios», una noción que Black «había supuesto que está… completamente desacreditada». Black describió la cobertura moderna (a partir de 1966) como un «remanente arcaico de un sistema de casta primitivo». Canaday escribió que «la aplicación de la ley de igualdad de protección a las relaciones matrimoniales finalmente evisceró la ley de encubrimiento» y «el encubrimiento se deshizo con velocidad acelerada». Según Canaday, «la desaparición de la cobertura redujo (aunque no eliminó) el privilegio masculino dentro del matrimonio».

AboliciónEditar

Esta situación se mantuvo hasta mediados o finales del siglo XIX, cuando se empezaron a aprobar leyes sobre la propiedad de las mujeres casadas en muchas jurisdicciones de habla inglesa, sentando las bases para nuevas reformas.

En Estados Unidos, muchos estados aprobaron leyes sobre la propiedad de las mujeres casadas para eliminar o reducir los efectos de la cobertura. Los tribunales del siglo XIX en Estados Unidos también aplicaron las leyes estatales de examen privado. Un examen privado era una práctica legal estadounidense en la que una mujer casada que deseaba vender sus propiedades debía ser examinada por separado por un juez o un juez de paz fuera de la presencia de su marido y se le preguntaba si su marido la estaba presionando para que firmara el documento. Esta práctica se consideraba un medio para proteger los bienes de las mujeres casadas de los maridos prepotentes. Otros estados abolieron el concepto a través de casos judiciales, por ejemplo: California en el caso Follansbee contra Benzenberg (1954). La abolición de la cobertura ha sido considerada como «una de las mayores extensiones de los derechos de propiedad en la historia de la humanidad», y que condujo a una serie de impactos financieros y económicos positivos. En concreto, provocó cambios en las carteras de los hogares, un impacto positivo en la oferta de crédito y una reasignación de la mano de obra hacia industrias no agrícolas y de gran intensidad de capital.

Tan recientemente como en 1972, dos estados de EE.UU. permitían a una esposa acusada en un tribunal penal ofrecer como defensa legal que estaba obedeciendo las órdenes de su marido.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *