Discriminación por religión o creencia

Qué es la discriminación por religión o creencia

Está en contra de la ley discriminarte por tu religión o creencia. Esto se aplica:

cuando compras o utilizas bienes y servicios

  • en el trabajo
  • en la educación
  • en la vivienda.

Qué significa religión o creencia

Estás protegido por la ley contra la discriminación a causa de tu religión o creencia si:

  • perteneces a una religión organizada como el cristianismo, el judaísmo o el islam
  • tienes una creencia profunda que afecta a tu forma de vida o visión del mundo. Esto incluye las creencias religiosas y filosóficas, o la falta de creencias, como el ateísmo
  • participar en el culto colectivo
  • pertenecer a una religión o secta más pequeña, como la Cienciología o el rastafarismo
  • no tener ninguna religión, por ejemplo, si se es ateo.
    • La ley contra la discriminación por religión o creencias no cubre las creencias puramente políticas, a no ser que sean también creencias filosóficas.

      Estás protegido si alguien te discrimina porque cree que eres de una determinada religión, cuando no lo eres. Por ejemplo, va en contra de la ley que alguien te discrimine por llevar un pañuelo en la cabeza porque piense que eres musulmán, aunque no lo seas en realidad.

      La discriminación por asociación también va en contra de la ley. Por ejemplo, es contrario a la ley negarte la entrada a un restaurante por la religión de alguien que te acompaña.

      Qué es la discriminación

      Es una discriminación tratarte injustamente en comparación con otra persona, por tu religión o creencias. Esto se llama discriminación directa y es ilegal. Algunos ejemplos son:

      • Negar un préstamo bancario porque eres judío
      • Negar la entrada a un restaurante porque eres musulmán
      • Despedirte del trabajo porque eres rastafari.
        • Puedes presentar una queja si has sufrido discriminación directa por tu religión o creencias.

          Para obtener más información sobre la discriminación directa, consulte Discriminación directa.

          También es ilegal que alguien tenga una norma, política o práctica que alguien de una religión o creencia particular tenga menos probabilidades de cumplir que otras personas y esto los coloque en desventaja. Esto se denomina discriminación indirecta.

          Ejemplos de discriminación indirecta pueden ser:

          • negarte la entrada a un restaurante si llevas un hijab o turbante
          • exigir a todos tus empleados que se vistan de una manera determinada si esto significa que no pueden llevar una prenda que consideran parte de su fe.
            • Si has sufrido una discriminación indirecta por tu religión o creencias, puedes presentar una reclamación al respecto. Sin embargo, si la persona u organización de la que se queja puede demostrar que hay razones genuinas para la norma, política o práctica y que no tiene nada que ver con su religión o creencias, esto no contará como discriminación.

              Por ejemplo, puede que no sea discriminación si sus empleadores necesitan que usted se vista de una manera particular por razones de salud y seguridad – como un bombero que necesita llevar un casco en situaciones peligrosas, incluso si esto significa quitarse un turbante.

              Para más información sobre la discriminación indirecta, vea Discriminación indirecta.

              Victimización

              La discriminación puede tomar la forma de victimización. Es cuando se le trata peor que a otra persona porque se ha quejado o ha emprendido acciones legales por discriminación religiosa. También es victimización si se le trata injustamente porque ha apoyado a otra persona a emprender una acción, por ejemplo, si actúa como testigo en el caso de discriminación de otra persona.

              Para obtener más información sobre la victimización, consulte Victimización.

              Abuso físico o verbal a causa de la religión o las creencias

              Es un delito penal atacarle a causa de su religión o sus creencias, o por su falta de religión. Esto incluye tanto el abuso físico como el verbal.

              Alguien también está cometiendo un delito si fomenta el odio hacia un grupo religioso concreto. Por ejemplo, si publican o distribuyen información racista o información destinada a fomentar el odio religioso.

              Si se comete uno de estos delitos penales contra usted o su familia, debe denunciarlo a la policía.

              Para más información sobre los delitos que implican abuso físico y verbal a causa de su religión, consulte Ataques por motivos raciales y religiosos.

              Para más información sobre los delitos de odio, consulte Delitos de odio.

              Discriminación religiosa en el lugar de trabajo y formación

              Está protegido contra la discriminación religiosa en su lugar de trabajo. Esto significa que estás protegido:

              • sea cual sea tu religión o creencia
              • sea cual sea la religión o creencia de tu empleador
              • si ya estás trabajando para tu empleador
              • si estás solicitando un trabajo.
                • La discriminación en el trabajo a causa de su religión o creencias podría incluir:

                  • despedirle a causa de su religión
                  • publicar anuncios para solicitantes de empleo de una sola religión
                  • exigirle que se vista de una determinada manera, por ejemplo, exigir que todas las mujeres lleven una falda corta. Esto no sería aceptable para las mujeres de varias religiones diferentes
                  • exigirle que no lleve artículos sagrados. Por ejemplo, a un hombre sij se le podría exigir que se quitara su kara (brazalete simbólico). Sin embargo, si el empleador puede justificar esto por motivos de salud y seguridad, esto no contaría como discriminación
                  • hacerte trabajar en horarios en los que no puedes trabajar debido a tu religión
                  • victimización
                  • acoso en el trabajo debido a tu religión. Esto también se conoce como acoso
                    • Antes de emprender cualquier acción, debe comprobar si su problema en el trabajo es una discriminación.

                      Si experimenta discriminación en el trabajo por su religión o creencias, puede presentar una queja. Esto incluye plantear una queja a su empleador o presentar una reclamación ante un tribunal laboral. Sin embargo, en algunas circunstancias, es posible que su empleador demuestre que existen verdaderas razones comerciales o de salud y seguridad para la forma en que ha sido tratado que no tienen nada que ver con su religión o creencias. Si este es el caso, no se considerará discriminación.

                      Por ejemplo

                      Soy judío y necesito ausentarme del trabajo los viernes por la tarde en invierno para llegar a casa antes de que anochezca y prepararme para el Sabbath. Por el momento, mi jefe me permite hacerlo y recuperar el tiempo durante el resto de la semana. Sin embargo, está pensando en introducir un nuevo patrón de turnos, lo que significa que ya no podré hacer esto. ¿Puede hacerlo?

                      Es ilegal discriminar a un trabajador por su religión o sus creencias. Por lo tanto, si su empleador está introduciendo un nuevo patrón de turnos que será difícil para usted debido a su religión, puede ser que usted sea víctima de discriminación por su religión. Su empleador tendría que justificar por qué es imprescindible que usted trabaje los viernes por la tarde. Debe poder demostrar que ha intentado satisfacer tus necesidades pero que, por razones empresariales, sigues necesitando trabajar los viernes por la tarde. De lo contrario, su comportamiento hacia ti puede contar como discriminación a causa de tu religión.

                      Victimización en el trabajo a causa de tu religión o creencias

                      La victimización ocurre cuando te tratan peor que a otra persona en el trabajo porque te has quejado, o has emprendido acciones legales, por discriminación religiosa. También es victimización si se le trata injustamente porque ha apoyado a otra persona a emprender acciones, por ejemplo, si actúa como testigo en el caso de discriminación de otra persona.

                      Ejemplos de victimización en el trabajo pueden ser:

                      • Ser tachado de alborotador
                      • Negar las oportunidades de promoción o formación
                      • Ser ignorado por tus compañeros de trabajo
                      • Dar malas referencias.
                        • La gente del trabajo siempre se burla de una de mis compañeras que es Testigo de Jehová y siempre lee la Biblia en sus descansos para el café. Intenté decirles que dejaran de hacerlo y ahora también dicen cosas maliciosas sobre mí. Mi vida en el trabajo se ha convertido en una miseria. ¿Hay algo que pueda hacer?

                          Si la razón por la que está siendo víctima es porque se quejó de la discriminación religiosa, esto va en contra de la ley. Deberías pedir consejo a un experto sobre cómo abordar el problema.

                          Acoso en el trabajo por tu religión o creencias

                          Es ilegal que alguien te acose en el trabajo por tu religión o creencias. Esto se conoce como acoso. La persona que te acosa puede ser tu empleador o puede ser un colega. Alguien le acosa si su comportamiento hacia usted le resulta ofensivo, aterrador, degradante, humillante o de algún modo angustioso. Puede ser intencionado o no.

                          También es contrario a la ley que alguien le acose en el trabajo por su religión o sus creencias, aunque se equivoque sobre cuáles son. Por ejemplo, si usted es atacado en su lugar de trabajo por alguien que ha asumido, erróneamente, que usted es musulmán por su apariencia. No tendrá que decir cuál es su religión realmente para poder hacer algo al respecto.

                          ¿Qué puedo hacer si me tratan injustamente o me acosan en el trabajo?

                          Si le tratan injustamente o le acosan en el trabajo por su religión o sus creencias, actúe lo antes posible. Puedes intentar:

                          • decirle a la persona que deje de hacerlo
                          • decírselo a tu jefe o a alguien de mayor rango en la organización
                          • hablar con tu departamento de personal o con el sindicato.
                            • Si nada de esto funciona, puede plantear una queja y pensar en presentar una reclamación ante un tribunal de trabajo.

                              Existen plazos y procedimientos estrictos para presentar una reclamación ante un tribunal de trabajo. Si cree que puede necesitar hacerlo, debería asesorarse, por ejemplo, en una oficina de asesoramiento a los ciudadanos. Para buscar el Citizens Advice más cercano, incluidos los que pueden asesorar por correo electrónico, haga clic en Citizens Advice más cercano.

                              Para obtener más información sobre lo que puede hacer con respecto a la discriminación por su religión en el trabajo, incluida la presentación de una reclamación ante un tribunal de empleo, consulte ¿Qué puedo hacer si mi empleador me trata injustamente por su religión o creencias? En las hojas informativas sobre el empleo.

                              Para más información sobre cómo presentar una queja en el trabajo, consulte Solucionar problemas en el trabajo.

                              Formación

                              Es ilegal negarse a ofrecerle oportunidades de formación debido a su religión o creencias, o proporcionarlas de una manera que le ponga en desventaja con respecto a otras personas debido a su religión o creencias. Esto incluye:

                              • Cualquier formación diseñada para prepararte para el empleo
                              • Orientación profesional
                              • Instalaciones de formación
                              • Experiencia laboral práctica proporcionada por un empleador a alguien que no trabaja para él
                              • Evaluar a alguien para obtener una cualificación profesional o comercial.

                              Discriminación religiosa al proporcionar bienes, instalaciones o servicios

                              Es contra la ley que cualquier persona que proporcione bienes, instalaciones o servicios directamente al público discrimine por motivos de religión o creencias.

                              Ejemplos de organizaciones que proporcionan bienes, instalaciones o servicios son:

                              • pubs, restaurantes y hoteles
                              • tiendas
                              • cines y teatros
                              • hospitales y clínicas
                              • agentes inmobiliarios, arrendadores privados y departamentos de vivienda de las autoridades locales
                              • bancos, sociedades de crédito hipotecario, compañías de seguros y financieras
                              • estaciones de ferrocarril, estaciones de autobús y aeropuertos
                              • iglesias y otros lugares de culto
                              • organizaciones benéficas y de voluntariado
                              • departamentos gubernamentales, autoridades locales, juzgados y tribunales, agentes de policía y prisiones
                              • servicios de asistencia social como asesoramiento en materia de vivienda, guarderías o atención comunitaria.
                                • Por ejemplo, es ilegal que un pub o un restaurante se niegue a servirte, o que un hotel se niegue a darte una habitación por tu religión o tus creencias, o por lo que creen que es tu religión o tus creencias.

                                  Para ver más ejemplos de organizaciones que proporcionan bienes, instalaciones y servicios, consulta el sitio web de la Comisión de Igualdad y Derechos Humanos en: www.equalityhumanrights.com.

                                  Alguien que proporcione bienes, instalaciones o servicios no debe:

                                  • negarse a proporcionárselos debido a su religión o creencias
                                  • discriminar en la forma en que se proporciona cualquiera de estas cosas debido a su religión o creencias.
                                    • Es ilegal discriminar independientemente de cómo se proporcionen los bienes y servicios o de si tienes que pagar por ellos o no.

                                      Por ejemplo, es ilegal que alguien te discrimine cuando estás comprando algo en una tienda o por internet, cuando haces una consulta telefónica o cuando alguien te da información por escrito.

                                      Soy un hombre asiático. Hace poco, reservé una habitación en un B&B, pero cuando llegué, la recepcionista me dijo que la habitación ya no estaba disponible. Me habló de un hotel cercano que probablemente podría acogerme. Cuando le pregunté a la recepcionista por qué no tenía una habitación para mí si había reservado con dos semanas de antelación, me dijo que al propietario del B&B no le gusta que los musulmanes se alojen allí porque podrían ser terroristas.

                                      Esto es discriminación religiosa y va contra la ley. El propietario podría ser procesado en los tribunales. Pida consejo sobre lo que puede hacer a un abogado, a un centro jurídico o a la Oficina de Atención al Ciudadano.

                                      Publicidad

                                      Salvo algunas excepciones limitadas, es ilegal publicar un anuncio de bienes, instalaciones o servicios que discrimine por motivos de religión o creencias, o que anuncie servicios discriminatorios.

                                      Si se publica un anuncio de este tipo, la Comisión de Igualdad y Derechos Humanos puede emprender acciones judiciales contra el editor, si el caso les es remitido por una agencia de asesoramiento.

                                      Organizaciones benéficas

                                      No es ilegal que una organización benéfica proporcione servicios y beneficios sólo a personas de una determinada religión o creencia.

                                      Esto significa que pueden excluir a personas de otras religiones o creencias. Los objetivos de la organización benéfica deben estar recogidos en sus estatutos o reglamentos.

                                      Por ejemplo, una organización benéfica puede crearse para ofrecer servicios de guardería a los miembros de la comunidad judía. Esto no es ilegal siempre y cuando los estatutos de la organización benéfica digan que están ahí.

                                      Organizaciones religiosas

                                      Ciertas organizaciones religiosas pueden estar autorizadas a discriminar a personas de diferentes religiones. Esto incluye a las escuelas confesionales. La organización no debe ser comercial, es decir, debe ser sin ánimo de lucro. La discriminación debe ser necesaria:

                                      • para cumplir los objetivos religiosos de la organización, o
                                      • para evitar ofender a quienes comparten sus objetivos religiosos.
                                      • Dirijo un club juvenil de la iglesia. ¿Se me permite restringir la membresía del club a los cristianos practicantes o es esto una discriminación?

                                        Si su club no es un negocio comercial y si sus objetivos son promover la creencia cristiana entre los jóvenes, se le permite negar la membresía a los jóvenes que no son cristianos.

                                        Las organizaciones religiosas pueden discriminar impidiendo a las personas de otras religiones o sin religión:

                                        • de convertirse en miembros
                                        • de participar en las actividades de la organización
                                        • de utilizar los bienes y servicios que ofrecen
                                        • de utilizar sus instalaciones.
                                          • Servicios de bienestar

                                            En determinadas circunstancias, algunas organizaciones están autorizadas a prestar servicios de bienestar sólo a personas de una determinada religión o creencia. Esto incluye cosas como:

                                            • alojamiento en albergues
                                            • servicios de asesoramiento en materia de vivienda
                                            • servicios de atención diurna.
                                            • Las organizaciones están autorizadas a hacer esto cuando se puede demostrar que conduce a una mayor aceptación del servicio, o mejora la prestación del mismo.

                                              Qué puede hacer ante la discriminación religiosa por parte de un proveedor de bienes, instalaciones o servicios

                                              La forma más rápida de resolver su problema es presentar sus preocupaciones por escrito a la empresa u organización implicada. Averigüe si existe un departamento de quejas y envíe allí su carta o correo electrónico. Si no hay un departamento de reclamaciones, averigua el nombre de un gerente o de otra persona de alto nivel responsable del servicio que te ha discriminado y escríbele. Tu carta o correo electrónico debe incluir:

                                              • todos los hechos, incluyendo la fecha o fechas en las que se produjo la discriminación
                                              • por qué crees que se produjo la discriminación
                                              • si hubo testigos, indicando sus datos
                                              • qué te gustaría que la empresa u organización hiciera frente al problema
                                              • qué vas a hacer si el problema no se soluciona en un plazo determinado.
                                                • Si esto no funciona, puedes intentar:

                                                  • seguir el procedimiento formal de quejas de la empresa u organización, si lo tienen. La mayoría de las grandes empresas y todos los organismos públicos, como las autoridades locales, los departamentos gubernamentales y las autoridades sanitarias, tendrán procedimientos formales de reclamación
                                                  • quejarse a la asociación comercial de la organización, si pertenecen a una. La asociación puede presionarles para que resuelvan su problema, o puede ofrecer un servicio de conciliación o arbitraje que podría ayudarle a alcanzar una solución aceptable.
                                                  • Quejarse al Defensor del Pueblo correspondiente. Todos los organismos públicos, como las autoridades locales, los departamentos gubernamentales, las autoridades sanitarias y los arrendadores sociales, cuentan con un Defensor del Pueblo, al igual que las instituciones financieras, como los bancos y las sociedades de crédito hipotecario
                                                  • llevar un caso al tribunal del condado (tribunal del sheriff en Escocia). Debes iniciar el caso en un plazo de seis meses desde que se produjo la discriminación. Si tiene éxito, puede obtener una compensación.
                                                    • Para más información sobre los Defensores del Pueblo, consulte Cómo utilizar un Defensor del Pueblo.

                                                      Cualquier curso de acción puede ser complicado y puede hacer su vida más incómoda a corto plazo. También puede haber costes, especialmente si utiliza un abogado para representarle. Si está pensando en emprender una acción legal, debería consultar a un asesor con experiencia, por ejemplo, en una Oficina de Atención al Ciudadano. Para buscar la oficina de atención al ciudadano más cercana, incluidas las que pueden asesorar por correo electrónico, haga clic en Atención al ciudadano más cercana.

                                                      Discriminación religiosa en colegios e institutos

                                                      Es ilegal que un colegio o instituto discrimine por motivos de religión o creencias cuando decide quién debe ser aceptado como alumno o estudiante. Esto se aplica tanto a las escuelas y colegios estatales como a los independientes. Sin embargo, no se aplica a las escuelas religiosas. Una vez que te han aceptado como alumno o estudiante en el colegio o instituto, es contrario a la ley que te discriminen por tu religión o creencias. Por ejemplo, no pueden negarse a que alguien sea prefecto, a que le pongan castigos o deberes extra sólo por su religión o creencias.

                                                      Uniforme escolar

                                                      Las normas sobre el uniforme escolar no deben discriminarte por tu religión. Por ejemplo, si eres un joven sij, se te debe permitir llevar un turbante en la escuela, ya que forma parte de tu fe.

                                                      Sin embargo, esto no significa que una escuela tenga que permitir todas las prendas de vestir religiosas. Los colegios pueden tener una política de uniformes que impida a los alumnos llevar ciertas cosas. Pueden, por ejemplo, hacerlo por razones de salud y seguridad.

                                                      El plan de estudios

                                                      La ley sobre la discriminación religiosa no se aplica a lo que se enseña en las escuelas (el plan de estudios). Por ejemplo:

                                                      • se permite que una escuela enseñe las teorías de la evolución aunque estas teorías vayan en contra de las opiniones religiosas de algunos padres
                                                      • no va en contra de la ley que las lecciones de educación religiosa en las escuelas enseñen principalmente sobre el cristianismo. Sin embargo, los profesores también deben tener en cuenta las otras religiones principales. Esto no se aplica a las escuelas confesionales.
                                                      • Mi familia es hindú. Estoy disgustada porque mi hija tiene que ir a clases de educación religiosa en la escuela donde apenas se menciona el hinduismo. Esto parece una discriminación contra los hindúes, ya que el cristianismo se menciona mucho.

                                                        Las clases tienen que reflejar el hecho de que la tradición religiosa en este país es principalmente cristiana. Sin embargo, también tienen que tener en cuenta las otras religiones principales y las clases individuales pueden ser sobre otras religiones. Intenta hablar con el profesor de tu hijo sobre los problemas que tienes. Pero si no consigue solucionar el problema, probablemente no haya ninguna acción legal que pueda emprender.

                                                        Culto colectivo (asambleas escolares)

                                                        En una escuela comunitaria o fundacional, los actos de culto colectivo, como las asambleas, deben ser de carácter general cristiano. Sin embargo, no deben reflejar un tipo de cristianismo en particular, por ejemplo, el catolicismo.

                                                        En una escuela confesional, que es una escuela voluntaria o de fundación, el culto colectivo debe reflejar la fe de la escuela.

                                                        Escuelas confesionales

                                                        Hay ciertas áreas de la ley sobre discriminación por religión y creencias que no se aplican a las escuelas o colegios confesionales.

                                                        Por ejemplo, las escuelas y colegios confesionales tienen derecho a discriminar por religión cuando deciden a quién aceptar como alumno o estudiante. Pueden optar por dar prioridad a los alumnos que comparten su propia fe sobre otros alumnos. Sin embargo, va en contra de la ley que dejen plazas sin cubrir si no hay suficientes alumnos de su propia fe para llenarlas.

                                                        Una vez que has sido aceptado como alumno o estudiante en la escuela o colegio, va en contra de la ley que te discriminen por tu religión o creencias. Por ejemplo, una escuela católica no puede excluir a un alumno que empezó siendo católico y luego se convierte a una fe diferente.

                                                        Sin embargo, las escuelas y colegios confesionales están autorizados a restringir ciertos servicios y beneficios que ofrecen a los alumnos que comparten la fe de la escuela o colegio, o pueden ofrecerlos de forma diferente. Por ejemplo, las escuelas confesionales están autorizadas a:

                                                        • organizar viajes para los alumnos que siguen la fe de la escuela a su iglesia local o santuario religioso. No tienen que organizar visitas similares para los niños de otras confesiones dentro de la escuela
                                                        • decir que sólo los alumnos que comparten su fe pueden leer en voz alta ciertos textos religiosos durante la asamblea
                                                        • marcar o celebrar sus propios eventos o tradiciones religiosas sin tener que hacer lo mismo para los niños de otras confesiones dentro de la escuela.

                                                        Qué puedes hacer ante la discriminación por motivos de religión o creencias en la educación

                                                        Puedes presentar una queja por discriminación por parte de un colegio, instituto o universidad en el tribunal del condado de tu localidad (sheriff court en Escocia).Si tu queja se refiere a un colegio, primero debes intentar resolver tu queja hablando con el director del centro. Si sigue estando descontento, puede presentar su queja ante el órgano de gobierno del centro.

                                                        Para más información sobre cómo presentar una queja sobre un centro escolar, consulte Cómo resolver los problemas escolares.

                                                        Si su queja es sobre un colegio o universidad, debe utilizar primero el procedimiento de quejas de la propia institución. Si su queja se refiere a un centro de enseñanza superior financiado por la Agencia de Financiación de las Cualificaciones, también puede presentar una queja a la Agencia. La información sobre cómo hacerlo está disponible en el sitio web de la Agencia en: www.gov.uk/government/organisations/skills-funding-agency.

                                                        Si su queja es sobre una universidad en Inglaterra o Gales, podría presentar su queja a la Oficina del Adjudicador Independiente (la OIA).Puede contactar con la OIA en:

                                                        Third Floor
                                                        Kings Reach
                                                        38-50 King’s Road
                                                        Reading
                                                        RG1 3AA
                                                        Tel: 0118 959 9813
                                                        Sitio web: www.oiahe.org.uk.

                                                        Si tiene una queja sobre una universidad en Escocia, debe reclamar ante el Defensor del Pueblo de los Servicios Públicos de Escocia en: www.spso.org.uk.

                                                        Para más información sobre cómo utilizar un defensor del pueblo en Escocia y cuándo utilizarlo, consulte Cómo utilizar un defensor del pueblo o comisionado en Escocia.

                                                        Si quiere presentar una queja por discriminación por parte de una escuela, colegio o universidad, debe obtener el asesoramiento de un asesor experimentado, por ejemplo, en una Oficina de Asesoramiento a los Ciudadanos. Para buscar su CAC más cercano, incluidos los que pueden asesorar por correo electrónico, haga clic en CAC más cercano.

                                                        Discriminación religiosa en la vivienda

                                                        Si cree que está siendo discriminado por su casero o por alguna otra persona relacionada con su vivienda, debería comprobar si su problema de vivienda es una discriminación.

                                                        Para obtener información sobre la discriminación en la vivienda, consulte Discriminación en la vivienda.

                                                        Otros tipos de discriminación

                                                        Además de la discriminación por su religión, podría ser tratado injustamente por otros motivos.

                                                        Por ejemplo, usted es una mujer turca musulmana y la despiden porque está embarazada. Podrías reclamar por discriminación racial y por embarazo, además de por discriminación religiosa. Si crees que te han tratado injustamente por más de un motivo, asegúrate de mencionar todos los motivos si presentas una reclamación.

                                                        Para obtener más información sobre la discriminación, consulta nuestras páginas sobre discriminación.

                                                        Más ayuda

                                                        El Servicio de Apoyo a la Asesoría en Materia de Igualdad (EASS)

                                                        Si has sufrido discriminación, puedes obtener ayuda en el teléfono de ayuda a la discriminación del EASS.

                                                        Más información sobre la línea de ayuda del EASS

                                                        La Comisión de Igualdad y Derechos Humanos (EHRC)

                                                        Puede encontrar información útil sobre la discriminación en el sitio web de la EHRC en www.equalityhumanrights.com.

                                                        Centros jurídicos

                                                        Un centro jurídico puede ofrecerle asesoramiento legal gratuito si quiere llevar un caso de discriminación religiosa. Si un abogado de un centro jurídico le representa, puede tener derecho a asistencia jurídica.. En Inglaterra y Gales, los detalles del centro jurídico más cercano están disponibles en la Red de Centros Jurídicos, y en Escocia en la Asociación Escocesa de Centros Jurídicos.

                                                        Inglaterra y Gales

                                                        Red de Centros Jurídicos
                                                        Piso 1, Tavis House
                                                        1-6 Tavistock Square
                                                        Londres
                                                        WC1H 9NA
                                                        Tel: 020 3637 1330 (sólo administración)
                                                        Correo electrónico: formulario de contacto disponible en el sitio web
                                                        Sitio web: www.lawcentres.org.uk

                                                        Unidad de Representación Gratuita (Inglaterra)

                                                        La Unidad de Representación Gratuita (FRU) puede proporcionar representación a personas con bajos ingresos y que viven en el área de Londres. Sin embargo, la FRU es una organización voluntaria y no se puede garantizar la representación en los casos. Si desea recibir ayuda de la FRU, debe ser remitido por escrito por una agencia de asesoramiento una vez que se haya fijado la fecha de una audiencia. La agencia debe estar suscrita a la FRU. Algunas oficinas locales de Citizens Advice del área de Londres están suscritas al FRU. Para buscar el Citizens Advice más cercano, incluidos los que pueden asesorar por correo electrónico, haga clic en Citizens Advice más cercano.

                                                        Se puede contactar con la FRU en:

                                                        6ª Planta
                                                        289 – 293 High Holborn
                                                        Londres
                                                        WC1V 7HZ

                                                        Tel: 020 7611 9555
                                                        Fax: 020 7611 9551
                                                        Correo electrónico: disponible a través de un formulario en la página web
                                                        Sitio web: www.thefru.org.uk

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