Leyes de Violencia Doméstica de Arkansas

Las leyes de violencia doméstica en Arkansas prohíben que las personas lesionen físicamente a los miembros de la familia y del hogar. Arkansas también convierte en ilegal la conducta que crea un peligro sustancial de muerte o lesiones graves a un miembro de la familia o del hogar. Los castigos por los delitos de violencia doméstica van desde penas menores hasta largas sentencias de prisión por delitos graves.

Personas protegidas

Las leyes de violencia doméstica de Arkansas se aplican a los agresores y a las víctimas que son miembros de la familia o del hogar.

Arkansas define «miembros de la familia o del hogar» como:

  • Cónyuges actuales o anteriores
  • Padres e hijos
  • Personas emparentadas por sangre
  • Un niño que vive en el hogar
  • Personas que actualmente o anteriormente vivían juntas
  • Personas que tienen un hijo en común, y
  • personas que actualmente o anteriormente tenían una relación de pareja
  • Para determinar si el acusado y la víctima tienen o tenían una relación de pareja, un tribunal considera la duración de la relación, el tipo de relación y la frecuencia de las interacciones entre los implicados. Las personas que mantienen relaciones casuales o que confraternizan en un contexto social o de negocios no se consideran en una relación de pareja.

    Golpes domésticos: Diferentes grados & Sanciones

    Arkansas categoriza los delitos de violencia doméstica según el nivel de daño que sufre la víctima. Los golpes de primer grado son los más graves y conllevan las penas más duras; los de segundo y tercer grado son delitos menos graves.

    Golpes domésticos en primer grado

    Una persona comete golpes domésticos en primer grado contra un miembro del hogar o de la familia si la persona causa:

    • Lesión física grave mediante el uso de un arma mortal con la intención de causar dicha lesión
    • Incapacidad permanente grave o desfiguración con la intención de causar dicha lesión
    • Lesión física grave en circunstancias que demuestran una indiferencia extrema al valor de la vida humana, o
    • Lesión física grave a un miembro del hogar o de la familia que la persona sabe que es menor de trece años o mayor de sesenta.
      • El maltrato doméstico en primer grado es un delito grave de clase B, que conlleva hasta 20 años de prisión. El maltrato doméstico en primer grado es un delito de clase A si el acusado sabía o debería haber sabido que la víctima estaba embarazada, o si el acusado tiene una condena previa por maltrato doméstico en los cinco años anteriores. Los delitos de clase A pueden ser castigados con hasta 30 años de prisión.

        Golpes domésticos en segundo grado

        Alguien comete golpes domésticos en segundo grado contra un miembro de la familia o del hogar si la persona:

        • Causa lesiones físicas graves con la intención de causar lesiones físicas
        • Inflige lesiones físicas mediante el uso de un arma mortal con la intención de causar dichas lesiones
        • Causa imprudentemente lesiones físicas graves mediante el uso de un arma mortal, o
        • Causa a sabiendas lesiones físicas a un miembro de la familia o del hogar que la persona sabe que tiene sesenta años o más o doce años o menos.
          • El maltrato doméstico en segundo grado es un delito de clase C, que conlleva una pena máxima de prisión de diez años. Si el acusado sabía o debería haber sabido que la víctima estaba embarazada, o si el acusado tiene una condena anterior por maltrato doméstico dentro de los cinco años anteriores, la nueva condena por maltrato doméstico en este segundo grado es un delito grave de clase B.

            Golpes domésticos en tercer grado

            Una persona comete golpes domésticos en tercer grado contra un miembro de la familia o del hogar si la persona:

            • Causa lesiones físicas con la intención de causarlas
            • Causa lesiones físicas de forma imprudente
            • Causa lesiones físicas de forma negligente mediante el uso de un arma mortal, o
            • Causa intencionadamente un deterioro físico o mental administrando al miembro de la familia o del hogar (sin el consentimiento de esa persona) una droga o cualquier otra sustancia.
              • El maltrato doméstico en tercer grado es un delito menor de claseA, castigado con hasta un año de cárcel. Si el acusado sabía o debería haber sabido que la víctima estaba embarazada, o si el acusado tiene una condena previa por maltrato doméstico o asalto agravado dentro de los cinco años anteriores, el nuevo delito es un delito de clase D, castigado con hasta seis años de prisión. Si el demandado es condenado por maltrato doméstico de tercer grado y tiene dos condenas previas dentro de los diez años anteriores por actos de agresión contra un miembro de la familia o del hogar, la nueva condena es un delito grave de clase D.

                Asalto agravado a un miembro de la familia o del hogar

                Una persona comete asalto agravado a un miembro de la familia o del hogar al participar en una conducta que crea un peligro sustancial de muerte o lesiones físicas graves a un miembro de la familia o del hogar. El Código de Ark. Code §5-26-306 requiere que la conducta demuestre la extrema indiferencia del acusado al valor de la vida humana para que el acusado sea condenado por el delito.

                Ordenes de protección

                Alguien que afirme ser víctima de violencia doméstica puede solicitar una orden de protección a un tribunal. Si el tribunal considera que se ha cometido violencia doméstica, puede ordenar cualquier medida que se considere necesaria para proteger a la víctima. Las medidas pueden incluir la prohibición de que el agresor hiera, acose o tenga cualquier tipo de contacto con la víctima. El alivio también puede incluir la exigencia de que el abusador se mude del hogar y proporcione apoyo financiero temporal para cualquier hijo menor o un cónyuge.

                Los tribunales pueden emitir órdenes de protección por períodos tan cortos como 90 días y una duración máxima de diez años. Una persona acusada de violar una orden de protección puede ser sometida a vigilancia electrónica como condición para salir de la cárcel.

                Las personas que violan una orden de protección son culpables de un delito menor de clase A, que conlleva un máximo de un año de cárcel. Si la violación de una orden de protección ocurre dentro de los cinco años de una condena anterior por violar una orden de protección, la nueva violación es un delito grave de clase D.

                Defensas a los cargos de violación de una orden de protección

                La ley de Arkansas proporciona varias defensas a los cargos de violación de una orden de protección. Estas defensas incluyen mostrar que el acusado y la víctima se han reconciliado, o probar que la víctima invitó al acusado a la residencia o lugar de trabajo de la víctima, sabiendo que la orden de protección prohibía al acusado estar presente en estos lugares.

                Contacte a un abogado

                Una condena por un delito de violencia doméstica en Arkansas conlleva la posibilidad de encarcelamiento, incluyendo la posibilidad de una sentencia de prisión larga si el delito es un crimen. Si se le acusa de un delito de violencia doméstica en Arkansas, debe consultar con un abogado con experiencia en el manejo de casos de violencia doméstica. Un abogado puede intentar que se excluyan las pruebas perjudiciales del juicio o puede pedir al tribunal que desestime los cargos. Un abogado hábil protegerá sus derechos y le proporcionará orientación durante todo el proceso, incluyendo la representación ante un juez o un jurado si su caso va a juicio.

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