Su responsabilidad por los cargos no autorizados de las tarjetas de crédito y débito

Si pierde o le roban su tarjeta de cajero automático, de débito o de crédito, no se asuste. Las leyes federales y las políticas de los bancos limitan su responsabilidad por los cargos no autorizados. Pero es importante notificar al banco o al emisor de la tarjeta la pérdida o el robo tan pronto como lo descubra. Siga leyendo para conocer sus obligaciones de notificación y la responsabilidad máxima para cada tipo de tarjeta.

Tarjetas de crédito

En virtud de la Ley de Facturación Justa del Crédito, su responsabilidad por los cargos no autorizados depende de si el ladrón presentó personalmente su tarjeta para realizar la compra, o si simplemente robó el número.

  • Si el ladrón presenta personalmente su tarjeta para realizar la compra, el emisor de la tarjeta no puede hacerle responsable de más de 50 dólares en cargos fraudulentos. (12 C.F.R. § 1026.12). Muchos emisores de tarjetas renuncian a estos 50 dólares.
  • Si el ladrón robó el número, pero no la tarjeta, no tienes ninguna responsabilidad.
    • En cualquiera de las situaciones anteriores, sin embargo, es importante notificar al emisor de la tarjeta tan pronto como sepas del robo, por teléfono y por escrito. Para impugnar los cargos no autorizados, envíe una carta a la compañía de la tarjeta de crédito a la dirección indicada para ello, no a la dirección de envío de sus pagos, e incluya su nombre, dirección, número de cuenta y una descripción del error de facturación. Puede utilizar el modelo de carta de la Comisión Federal de Comercio. Envíe su carta de modo que llegue al acreedor en un plazo de 60 días a partir de la primera factura que muestre el cargo no autorizado. (12 C.F.R. § 1026.13).

      Tarjetas de cajero automático y de débito

      En el caso de las tarjetas de cajero automático o de débito, debe actuar con rapidez para evitar la responsabilidad total de los cargos no autorizados cuando se pierda o le roben la tarjeta. Según la ley federal de transferencia electrónica de fondos, su responsabilidad es:

      • 0 dólares si denuncia la pérdida o el robo de la tarjeta inmediatamente y antes de que se realicen cargos no autorizados.
      • hasta 50 dólares si notifica al banco dentro de los dos días hábiles siguientes a la constatación de la pérdida de la tarjeta
      • hasta 500 dólares si no notifica al banco dentro de los dos días hábiles siguientes a la constatación de la pérdida de la tarjeta, pero sí notifica al banco dentro de los 60 días siguientes al envío de su extracto bancario con la lista de extracciones no autorizadas, o
      • sin límite si no notifica al banco dentro de los 60 días siguientes al envío de su extracto bancario con la lista de extracciones no autorizadas. (15 U.S. Code § 1693g).
        • Si usted puede convencer al banco de que su falta de notificación se debió a circunstancias atenuantes, debe ampliar el plazo de notificación por un «período razonable».

          Si su tarjeta no se perdió o fue robada, pero el número se utiliza para transacciones no autorizadas, usted no es responsable de esas transacciones, siempre y cuando usted las notifique dentro de los 60 días de la declaración que se le envía.

          Limitación voluntaria de la responsabilidad de los cargos de las tarjetas de débito

          En respuesta a las quejas de los consumidores sobre la posibilidad de una responsabilidad ilimitada, algunos emisores de tarjetas limitan la responsabilidad de las tarjetas de débito a 50 dólares. Y algunos bancos no cobran nada si las retiradas no autorizadas aparecen en su extracto. Además, algunos estados han limitado la responsabilidad por retiros no autorizados en un cajero automático o tarjeta de débito a 50 dólares.

          Para más información sobre finanzas, deudas y cómo recuperar la salud financiera, lea Resuelva sus problemas de dinero: Debt, Credit & Bankruptcy, de Amy Loftsgordon y Cara O’Neill (Nolo).

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