COVID-19 Protecciones para inquilinos

La emergencia COVID-19 ha creado incertidumbre para muchos inquilinos de Ohio. Sin embargo, las autoridades federales y locales han tomado medidas que pueden ayudarte.

¿Puedo ser desalojado durante la emergencia de COVID-19?

La respuesta es quizás. El 1 de septiembre de 2020, el HHS y los CDC anunciaron una orden para detener temporalmente los desalojos en los Estados Unidos. La paralización temporal o moratoria es efectiva desde el 4 de septiembre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 y se aplica a los desalojos por impago de alquiler.

Elegibilidad para la moratoria

Para ser elegible para la moratoria debes estar enfrentando un desalojo por impago de alquiler y debes declarar que:

  • Has hecho todo lo posible para obtener todas las ayudas gubernamentales disponibles para el alquiler o la vivienda. Si no ha solicitado la ayuda para el alquiler, debe buscar asistencia (ver ¿Dónde puedo obtener ayuda para pagar mi alquiler?)
  • Es elegible por ingresos. Usted califica como elegible por ingresos si:
    • Espera ganar no más de $99,000 en ingresos anuales para el Año Calendario 2020 (o no más de $198,000 si presenta una declaración de impuestos conjunta)
      O
    • No tuvo que reportar ningún ingreso en 2019 al Internal Revenue Service
      OR
    • Recibió un Pago de Impacto Económico (cheque de estímulo)
  • No puede pagar la totalidad de su alquiler o hacer un pago completo de la vivienda debido a:
    • Pérdida sustancial de ingresos del hogar, pérdida de horas compensables de trabajo o salarios, despidos
      OR
    • Gastos médicos extraordinarios de bolsillo (mayores al 7.5% de su ingreso bruto ajustado (AGI) para el año)
  • Utilizó los mejores esfuerzos para hacer pagos parciales de alquiler a tiempo como sus circunstancias podrían permitir
  • No tiene otras opciones de vivienda disponibles y si es desalojado lo haría:
    • Es probable que se quede sin hogar
      O
    • Necesita mudarse a un refugio para personas sin hogar
      O
    • Necesita mudarse a una nueva residencia compartida por otras personas que viven cerca porque no tiene otras opciones de vivienda disponibles

    Si ha tenido un desalojo presentado contra usted en el tribunal, debe presentar un formulario de declaración en el tribunal donde se ha presentado su caso de desalojo. También debe entregar una copia a su arrendador. Si su casero ha interpuesto una demanda contra usted en el juzgado, habrá recibido un documento oficial llamado «Citación y Demanda»

    Si su casero no ha interpuesto una demanda de desahucio en el juzgado, pero usted está atrasado en el pago del alquiler, debe rellenar el formulario de declaración y enviar una copia a su casero. Conserve el original para sus archivos. No presente la declaración en el juzgado si no se ha presentado un desahucio contra usted.

    Cómo parar el desahucio judicial

    Si cree que tiene derecho a la moratoria, y su casero ha presentado un desahucio contra usted en el juzgado, realice estas acciones para parar su desahucio:

    • Descargue, rellene y firme el formulario de declaración requerido. Haz al menos cuatro copias. Si ya ha enviado un formulario de declaración a su arrendador, presente una copia de esa declaración en el tribunal, vea los siguientes pasos para saber cómo.
    • Presente el formulario de declaración en el juzgado donde se ha presentado su caso de desahucio. El secretario sellará el original y las copias. El secretario se quedará con el original y devolverá las copias que no necesiten.
    • A continuación, tiene que «notificar» una de las copias a su arrendador o al abogado de éste. Si tiene suficiente tiempo antes de la audiencia, puede «notificar» el formulario enviándolo por correo. Si lo presenta el día de su audiencia, puede entregárselo a su arrendador o a su abogado antes de que comience la audiencia.
    • Conserve al menos una copia con sello de tiempo de su formulario de declaración para sus registros.
    • Asista a su audiencia de desalojo.
    • Tenga en cuenta que algunos tribunales de Ohio suspenden automáticamente la audiencia de desalojo si el inquilino presenta la declaración. Si su audiencia de desalojo se suspende usted será notificado. Sin embargo, algunos tribunales están celebrando audiencias. Asegúrese de asistir a cualquier audiencia programada por el tribunal. Si desea recibir ayuda para el desahucio, es posible que tenga derecho a recibir asistencia jurídica. Utilice nuestra herramienta Encuentre su ayuda legal para localizar su ayuda legal.

    En la vista

    • Asegúrese de llevar a la vista una copia con sello de tiempo del formulario de declaración.
    • Espere a que se convoque su caso de desahucio.
    • Cuando su caso sea llamado, dígale al juez que ha presentado su declaración.
    • Su arrendador podría disputar las afirmaciones de su formulario de declaración. En caso de que esto ocurra, debes llevar:
      • Copias de sus solicitudes de ayuda al alquiler
      • Talones de pago, extractos bancarios o prueba de haber recibido un cheque de estímulo
      • Documentación que demuestre que perdió su trabajo, fue despedido o tuvo un recorte en sus horas
      • Prueba, como recibos, de cualquier pago de alquiler que haya hecho desde que perdió sus ingresos

    ¿Dónde puedo obtener ayuda para mi desalojo?

    Puede ser difícil luchar contra un desahucio por tu cuenta. Si ha recibido una notificación de desahucio o documentos judiciales, debe ponerse en contacto con la asistencia jurídica local inmediatamente. ¿No es de Ohio y necesita información sobre las protecciones contra el desahucio en su estado? Puede encontrar información sobre desahucio COVID-19 para su estado en LegalFaq.org.

    ¿Dónde puedo obtener ayuda para pagar mi alquiler?

    El estado está asignando 50 millones de dólares del Fondo de Ayuda contra el Coronavirus a 47 Agencias de Acción Comunitaria para proporcionar asistencia para el alquiler, la hipoteca y el agua y/o el alcantarillado a los habitantes de Ohio que lo necesiten. Esta asistencia ayudará a los habitantes de Ohio a pagar los saldos pendientes hasta el 1 de abril de 2020. Los hogares de Ohio atrasados en sus facturas con un ingreso anual igual o inferior al 200% de las pautas federales de pobreza serán elegibles para la asistencia. A partir del 2 de noviembre de 2020, los habitantes de Ohio podrán solicitar asistencia a través de su Agencia de Acción Comunitaria local.

    Si usted recibe ayuda federal para pagar su alquiler, como a través de un vale de elección de vivienda de la sección 8 o vive en una vivienda pública o subsidiada, debe solicitar una «recertificación provisional» para reducir su alquiler.

    Incluso si califica para la moratoria o si su desalojo se ha retrasado, su alquiler atrasado aún debe ser pagado. Debe aprovechar este tiempo para negociar con el propietario para ver si puede acordar un plan de pagos. Consiga cualquier acuerdo por escrito.

    ¿Puede mi casero dejarme fuera de mi casa o cortarme los servicios públicos?

    La respuesta es no. El propietario no puede cambiar las cerraduras o cortar los servicios para obligarte a salir. No importa lo atrasado que estés en el alquiler. No importa el tipo de pelea que tengas con tu casero. En Ohio, es ilegal que el propietario cambie las cerraduras o corte los servicios públicos para forzarte a irte. Es ilegal que incluso amenace con hacer estas cosas. En su lugar, si su propietario quiere que usted se vaya, debe seguir los plazos y el proceso de desalojo de la corte.

    Lea más sobre qué hacer si su propietario le cierra la puerta de su casa.

    ¿Me pueden cortar los servicios públicos por falta de pago?

    La respuesta es tal vez. La mayoría de las moratorias de corte de servicios públicos en Ohio han terminado, pero es posible que pueda evitar que le corten los servicios si se comunica con su proveedor. Si no puede pagar su factura de servicios públicos, comuníquese con su proveedor para solicitar un plan de pago.

    Si necesita ayuda para pagar la calefacción de su hogar, puede ser elegible para los beneficios de HEAP. Póngase en contacto con su Agencia de Acción Comunitaria local para que le ayuden a solicitar estos beneficios.

    ¿Mi casero tiene que hacer reparaciones?

    La respuesta es sí. Aunque esté atrasado en el pago de la renta, su casero debe seguir haciendo reparaciones durante la emergencia de COVID-19. Si es necesario hacer reparaciones, asegúrese de que usted y cualquier personal de mantenimiento tomen las precauciones de seguridad adecuadas. Por ejemplo, utilizar mascarillas y mantenerse a una distancia mínima de 2 metros. Lea más sobre los tipos de reparaciones que su propietario está obligado a hacer aquí.

    ¿Puede mi propietario mostrar mi apartamento?

    La respuesta es sí. La ley de Ohio permite al propietario mostrar su apartamento después de avisarle con al menos 24 horas de antelación. Si le preocupa que haya gente en su casa debido al COVID-19, ofrézcase para tomar fotos de su apartamento y/o filmar un tour virtual de su casa. Aquí tienes algunos consejos:

    • Asegúrese de guardar todo lo que contenga información personal, como el correo o las facturas, y los objetos de valor, como el dinero en efectivo o las joyas;
    • Ordene y abra las persianas; y,
    • envíe por correo electrónico o por mensaje de texto las imágenes y/o el vídeo a su casero.
      • Si hay un apartamento modelo o un apartamento vacío, pida a su casero que muestre esa unidad en su lugar.

        Si su casero se niega y usted tiene una condición de salud subyacente que le hace más vulnerable al COVID-19, puede tener derecho a solicitar un ajuste razonable. Aprenda más sobre los ajustes razonables aquí.

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